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Eliminan beneficios impositivos para petroleras que importen combustibles

La resolución 34/2015 estableció que si el precio interno de los combustibles -el que pagan los consumidores en las estaciones de servicio- supera el import parity (el valor de importación), las empresas no estarán exentas de abonar los impuestos correspondientes al expendio de combustibles. La medida recae sobre YPF, Shell, Axion energy (ex Esso), Petrobras y Oil.
Horacio Beascochea
Por Horacio Beascochea

El Gobierno publicó el 16 de marzo en el Boletín Oficial una norma que elimina los beneficios tributarios para las petroleras que importan combustibles, que estaban autorizadas a desgravar la carga impositiva de las naftas y gasoil importadas.

En rigor, la resolución 34/2015 de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas -que funciona bajo la órbita del Ministerio de Economía que encabeza Axel Kicillof- estableció que si el precio interno de los combustibles -es decir, el que pagan los consumidores en las estaciones de servicio- supera el import parity (el valor de importación), las empresas no estarán exentas de abonar los impuestos correspondientes al expendio de combustibles. La medida recae sobre YPF, Shell, Axion energy (ex Esso), Petrobras y Oil.

Los considerandos de la normativa -firmada por los secretarios Mariana Matranga (de Energía), Augusto Costo (Comercio Interior) y Emanuel Álvarez Agis (de Política Económica)- explican que en el último semestre de produjo un abrupto descenso del precio del crudo “que derivó en la caída de los precios de los productos obtenidos a partir de su refinación, obteniendo como resultado para los primeros días del mes de enero del presente, una reducción aproximada del 42% del precio de la nafta y del 39% del gasoil”.

“Que lo expuesto en los párrafos precedentes evidencia que el contexto internacional del mercado de hidrocarburos ha generado, un alto grado de variabilidad en el nivel de precios del petróleo crudo y sus derivados, resultando primordial en estas condiciones atenuar su impacto sobre el nivel de actividad y empleo local”, señala la resolución 34 de la Comisión.

“Si bien el Estado es el encargado de autorizar la desgravación de impuestos, hasta el momento acontecía una situación en la que las empresas estaban habilitadas a pedir la exención de tributos pese a que el precio de import parity era inferior al que se paga en el mercado local. Era necesario corregir la situación”, explicaron a El Inversor Online allegados a la Secretaría de Energía.

Las exenciones impositivas que beneficiaban a las petroleras -incluidas en la Ley 27.008- representaban una importante ventaja para las compañías refinadoras, dado que en la práctica la carga tributaria -conformada por el ex ITC y el Fondo hídrico- llegan a explicar hasta un 35% del precio final de las naftas y gasoil en surtidores.

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