La Dirección Provincial de Estadística y Censos de la Provincia del Neuquén (DPEyC) informó que durante agosto, septiembre y octubre se llevará a cabo la Encuesta Provincial Económica 2023, la cual forma parte de los operativos provinciales realizados por esa dependencia.
El operativo tiene como objetivo general obtener información anual sobre el desarrollo de distintas actividades económicas dentro del territorio provincial. El relevamiento permite obtener información que servirá de base para elaborar indicadores tales como el Producto Bruto Geográfico (PBG), el Valor Agregado (VA) y el Consumo Intermedio (CI).
El director provincial a cargo, Jerónimo Escudero, explicó que “las empresas son la unidad exclusiva de observación de este operativo. A través de un muestreo estratificado se seleccionan distintas firmas de la provincia que representan a los sectores de comercio minorista, industria y servicios petroleros. La información solicitada refiere al año 2022 y se encuentra alcanzada por la ley de secreto estadístico”.
Las empresas recibirán el contacto de un/a encuestador/a, que les hará llegar una notificación de selección y suministrará el formulario correspondiente. El personal de campo se presentará con una credencial del organismo y su identidad podrá ser verificada a través del sitio web https://estadisticaneuquen.gob.ar ingresando a la pestaña “Verificador de Encuestadores y Operativos”.
En julio se realizó la capacitación para los instrumentadores/as de la EPE. El equipo está conformado por doce encuestadores/as y tres supervisores/as, principalmente estudiantes avanzados/as de carreras afines a las ciencias económicas en su mayoría de la Universidad Nacional del Comahue.
El operativo se encuadra en la ley 17.622, que en su artículo 11 establece que “todos los organismos y reparticiones nacionales, provinciales y municipales, las personas de existencia visible o ideal, públicas o privadas con asiento en el país, están obligados a suministrar a los organismos que integran el Sistema Estadístico Nacional, los datos e informaciones de interés estadístico que éstos le soliciten”.
La misma ley expresa la importancia del secreto estadístico y establece que “los datos deberán ser suministrados y publicados, exclusivamente, en compilaciones de conjunto, de modo que no pueda ser violado el secreto comercial o patrimonial, ni individualizarse las personas o entidades a quienes se refieran”.
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