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Multaron con 107 millones de pesos a una cadena de supermercados por transgredir la Ley de Protección al Consumidor

La empresa no cumplió con las restricciones para la exhibición de productos ultraprocesados. La multa se realizó en mayo. La empresa apeló la sanción, que fue rechazada por la justicia neuquina.

La dirección provincial de Protección al Consumidor, a través del ministerio de Gobierno de la provincia del Neuquén, multó por 107.452.050 pesos a una empresa de cadenas de supermercados, por incumplir la Ley Provincial 3224.

La sanción deriva de una inspección realizada en la sucursal ubicada en la calle Presidente Raúl Alfonsín 1305, donde se constató la exhibición y oferta de alimentos ultraprocesados en áreas de góndolas.

El director de Protección al Consumidor, Pablo Tomasini, detalló que “la inspección se llevó a cabo el 2 de mayo de 2024. Durante el control, se detectaron golosinas, bebidas energizantes y cervezas dentro del radio de tres metros de las cajas registradoras, que trata la infracción al artículo 1° de la ley de Protección al Consumidor”.

La representación de la empresa presentó un descargo argumentando la inconstitucionalidad de la ley, alegando que esta afecta el derecho al comercio y la industria lícita. Sin embargo, todas las instancias judiciales, incluido el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, rechazaron estos planteos y confirmaron la validez de la norma y la sanción impuesta.

La Ley Provincial 3224 tiene como objetivo proteger la salud de los consumidores, reduciendo la exposición a alimentos ultraprocesados que contribuyen a enfermedades como la obesidad y el sobrepeso. A pesar de las notificaciones previas y las acciones judiciales, dicha empresa no cesó en su accionar, lo que llevó a la imposición de esta multa ejemplar.

La resolución también obliga a la empresa a publicar la sanción en un diario de gran circulación y a registrar la infracción en el Registro de Infractores, conforme lo establecido por la normativa vigente.

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