En el proyecto que el presidente Javier Milei envió al Congreso de la Nación y que plantea reformas en el Estado y desregulaciones a las ya establecidas en el reciente DNU, se puede encontrar la eliminación del barril criollo y la liberación de las exportaciones de crudo.
Los cambios se reflejan en el ARTÍCULO 258, que plantea la sustitución del artículo 6° de la Ley N° 17.319 de Hidrocarburos, por el siguiente:
“ARTÍCULO 6º.- Los permisionarios y concesionarios tendrán el dominio sobre los hidrocarburos que extraigan y, consecuentemente, podrán transportarlos, comercializarlos, industrializarlos y comercializar sus derivados libremente, conforme la reglamentación que dicte la Autoridad de Aplicación”.
Y agrega: “el Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción”, aclarando que “en el caso de empresas estatales estas podrán vender únicamente a precios que reflejen el equilibrio competitivo de la industria, esto es a las correspondientes paridades de exportación o importación según corresponda”.
También detalla que “los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, conforme la reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo, quien establecerá las condiciones para su efectiva entrada en vigencia”.
De ser aprobado en el Congreso, implicaría en el corto plazo un nuevo aumento para el precio de las naftas, que desde noviembre ya treparon más de 100% y la imposibilidad de YPF de vender el combustible más barato, para regular el precio del combustible, en el mercado interno.
Según publicó Ámbito, para considerar cuánto cuesta el litro de nafta se debe tener en cuenta que las refinadoras le compran a las petroleras el barril de petróleo a un valor menor al internacional, que se conoce como "barril criollo". Actualmente, si una petrolera exporta el crudo, lo hace a unos u$s 75-80 dólares el barril. Mientras que si lo vende en el mercado interno, lo hace a unos u$S 60, según revelaron fuentes del sector privado. Pese a que con el cambio de Gobierno se liberaron los controles de precios, todavía en el mercado se seguía utilizando este concepto. Por este motivo, la eliminación del barril criollo, de aprobarse la ley, significará un aumento de los combustibles en el surtidor. Y todavía falta definirse qué pasará con el impuesto a los combustibles, que el Estado viene posponiendo hace un año.
Libertad para exportar
Por otro lado, en el mismo artículo se toma una determinación clave para las exportaciones: "Los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, conforme la reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo, quien establecerá las condiciones para su efectiva entrada en vigencia.”
Este era el artículo que estaba esperando el sector. Lo cierto es que el DNU, titulado “Bases para la Reconstrucción Argentina”, que se publicó el jueves de la semana pasada, abría la puerta para darle libertad a las exportaciones. En el apartado V de Comercio Exterior, el artículo 142 del DNU modificaba el artículo 609 del Código Aduanero, y planteaba: “El Poder Ejecutivo Nacional no podrá establecer prohibiciones ni restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos económicos”. Si bien no se mencionaba ningún sector económico puntual, las petroleras lo leyeron con atención.
Sin embargo, la desregulación se completa con el proyecto de ley ómnibus, dado que ese artículo del DNU iba a convivir con la ley de hidrocarburos, que planteaba que se debe abastecer primero al mercado interno. Y allí es donde se modificó el artículo 6 de la mencionada ley, que ahora dirá: ”los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, conforme la reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo, quien establecerá las condiciones para su efectiva entrada en vigencia". (Redacción Vaca Muerta News, con información de Ámbito Financiero).