Gonzalo Gutiérrez del Estudio Contable Chinni Seleme Bugner y Asociados brindó detalles en cómo impactará en los próximos sueldos de los trabajadores petroleros la aprobación de la Ley de Impuestos a la Ganacias.
En diálogo con Vaca Muerta News Radio, Gonzalo explicó que el universo de trabajadores que serán alcanzados por el impuesto aumentará significativamente. “El impacto en Ganancias es importante. Antes de la sanción de la Ley Bases, empleados en relación de dependencia, tenían un mínimo de $2.800.000 y, luego de la Ley Bases, pasa a $1.800.000”.
“Es decir, que el impacto va a ser importante, ya que si hoy cobrás $2.800.000 no pagás impuestos y, con la Ley Bases, cobrando lo mismo, vas a pagar Impuesto a las Ganancias, con una alícuota para ese ingreso, del 20%”, dijo. “El universo de trabajadores se va a ampliar significativamente y la retención del impuesto a las ganancias se va a hacer sentir en los recibos de sueldos”, agregó.
Desde el lunes 8 de julio, el gobierno nacional finalmente publicó la ley en el Boletín Oficial y rige desde esta fecha. “Ganancias es un impuesto anual que se calcula mensualmente. Al ser anual, si hay diferencias en el recálculo de todo el año. La idea del gobierno, según trascendidos cuando se negociara la Ley Bases, es que surta efecto en el momento que salga la publicación y, de ahí, para adelante”.
Gonzalo Gutiérrez aclaró que la metodología para aplicar este impuesto es sobre el monto que excede al piso establecido. “En el recibo de sueldo tenemos un salario remunerativo bruto, gravado. Esa es la ganancia y luego empiezan las deducciones. Hay que analizar qué conceptos son deducibles: aportes de jubilación, de ley, de obra social, el mínimo no imponible, la deducción especial que, con esta ley se vuelven a incorporar, como aportes a obras sociales prepagas, gastos por honorarios médicos, aportes y sueldos del personal doméstico. Una serie de deducciones que lo que hacen, es a la ganancia mensual (salario bruto) menos las deducciones, queda la ganancia neta, sujeta a impuestos. Sobre esa ganancia, se aplica el porcentaje o alícuota impositiva”.
En referencia a la aplicación del gravamen para los trabajadores petroleros, Gutiérrez dijo que “uno puede comprender que el recibo de sueldo va a tener el básico, menos los aportes de ley y después, entraría lo que es ganancias. El cálculo es complejo y para la industria, más complejo aún, porque hay ítems que son del básico, pero no gravan para ganancias y, por otro lado, del impuesto que se retenga, las empresas le devuelven al trabajador una parte del impuesto a las ganacias”.
Para el profesional del Estudio Contable Chinni Seleme Bugner y Asociados, el impacto en los salarios petroleros será considerable. “Particularmente, con la Ley Bases lo que se hace es un capítulo aparte para la industria petrolera. La actividad, bajo la ley 26.176, tiene exenciones. Esa ley dispone que el 21% del salario petrolero está exento del impuesto. Además, las viandas y las horas de viaje están exentas y que la zona, que es el 80% del básico, está exenta, rápidamente se puede decir que, al menos el 50% del salario del trabajador petrolero, está exento del Impuesto a las Ganancias”.
“Si tomamos en cuenta eso y que bajan los mínimos no imponibles, va a impactar en los salarios petroleros, más allá de que se apliquen esas exenciones. Hay salarios muy altos. Tengamos en cuenta que hoy el mínimo, son $1.800.000, de bruto. La mayoría de los trabajadores va a estar alcanzado por el impuesto. Con las exenciones, se va a reducir el impacto, pero se les perjudicará el salario de bolsillo. Por eso, la Ley Bases debe reglamentar qué trabajadores van a ser los impactados por el impuesto. La ley dice que se eliminan todas las exenciones, menos las de la 26.176, pero solo es aplicable al personal de boca de pozo”, explicó Gutiérrez.
“Y ahí, ya hubo trascendidos de que se está negociando qué personal será el encuadrado. Estamos hablando de la industria de Petroleros Privados, con salarios más bajos que el personal jerárquico, que tiene salarios muchos más altos y que será más grave el Impuesto a las Ganancias. En el ámbito de Rucci y de Arévalo (secretarios generales de ambos gremios, Privados y Jerárquicos), tendrán impactos de este impuesto. Por eso, es necesario reglamentar cuáles serán los trabajadores que tendrán beneficios de exención”, dijo.
Por último, en referencia al reciente acuerdo anunciado desde el sindicato petrolero que garantiza un salario de $1.740.000 garantizado, Gutiérrez recordó que en el 2022 se incorporó un salario mínimo de referencia. “Todas las empresas no pueden pagar menos de ese salario, que es aplicable al personal que trabaja ocho horas y no tiene la posibilidad de generar adicionales de campo, de yacimiento y/o trabajar horas extras que le incrementen su salario”.
“Se trata del personal que se encuentra en las bases de las empresas, quienes están en los parques industriales. Ese personal trabaja 8 horas en la industria y tenía un salario mínimo de $1.500.000 y lo que se acordó ahora, en virtud de indicadores de pobreza y salariales, fue negociar el incremento de ese salario mínimo de referencia, elevándolo a $1740.000”, dijo.
“Es decir que cualquier empleado que se encuentre comprendido en el convenio 644 de Petroleros Privados, en Neuquén, Río Negro y La Pampa, no puede cobrar un salario bruto menor a $1.740.000. Otra de las cosas, se incorpora que, por alguna eventualidad , el trabajador tiene que hacer horas extras, el cálculo de las horas extras, se hace sobre el salario que cobra. El salario se incrementa a $1740.000, más las horas extras que ejecute ese mes”, afirmó Gutiérrez.
Cabe recordar que el 8 de julio el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.743 “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, más conocida como Paquete Fiscal, que se aprobó por las dos Cámaras del Congreso de la Nación junto con la Ley Bases. Sin embargo, todavía restan detalles por parte de la AFIP y la redacción y publicación de algunas reglamentaciones, como así también, la probable judicialización de la norma, ya que las organizaciones sindicales buscarán impugnarla por esta vía.
El texto promulgado llevó el mínimo no imponible a $1.800.000 brutos para los solteros y a $2.200.000 para los casados con hijos. Así, volverán a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores que habían sido eximidos durante la gestión de Alberto Fernández, con alícuotas que van del 5% al 35%.