La medida se dispuso a través de la resolución 115/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, e implica una suba del 4,66% respecto a los valores previos fijados en la resolución 20 del 25 de enero pasado, cuando se fijó un incremento de similar magnitud del 4,77%.
El aumento se formalizó en cumplimiento de lo establecido en la resolución 852/2021, en el que se determinó que los ajustes en el bioetanol se aplicarán siguiendo "la variación porcentual del precio en el surtidor de las naftas comercializadas a través de las estaciones de servicio de propiedad de la empresa YPF Sociedad Anónima en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que los incrementó el 16 de febrero en un porcentaje similar.
La ley 27.6450 fijó en 2021 el marco regulatorio de los biocombustibles y estableció un porcentaje de corte de 5%, que en junio de 2022 fue elevado de forma permanente al 7,5% y con un adicional transitorio de cinco puntos porcentuales, a raíz de los problemas de abastecimiento de combustibles en diferentes puntos del país como efecto de la suba de los precios internacionales de la energía tras la invasión rusa a Ucrania.
Por medio del mismo se estableció un corte mínimo obligatorio de 12% de bioetanol, y una eventual reducción al 9% con la nafta.
En el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz.