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Nación ratificó la habilitación de la actividad petrolera

Mediante una carta enviada a los gobernadores de provincias productoras se recordó que la actividad está exceptuada de la cuarentena.

El ministro de la Producción, Matías Kulfas, envió una nota a todos los gobernadores de provincias productoras donde precisó que las actividades en los yacimientos de petróleo y gas están autorizadas para operar en todo el país, en el marco de la la cuarentena por la pandemia del COVID-19.

La única condición es contar con un estricto protocolo de seguridad e higiene, para seguridad de operadoras y trabajadores.

En la nota enviada el viernes 8 de mayo, Kulfas recordó que por el artículo sexto del DNU 297 del 19 de marzo y sus modificatorias, se exceptuó del aislamiento social, preventivo y obligatorio a las "guardias mínimas" que aseguren la operatoria de petróleo y gas en toda la línea de producción desde el yacimiento hasta las expendedoras de combustibe y generación eléctrica.

“Me dirijo a ud. con el propósito de poner en su conocimiento que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 del 19 de marzo de 2020 y modificatorios, las actividades orientadas al sostenimiento de la extracción de petróleo y gas están habilitadas para operar”, se indció.

“En efecto, el artículo 6° inciso 23 del citado Decreto exceptuó del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio a las “guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica”.

De esta manera, las actividades enumeradas a continuación pueden funcionar con el solo requisito de que empleadores y empleadoras garanticen las condiciones de higiene y seguridad de acuerdo con los protocolos establecidas por las autoridades sanitarias competentes a los trabajadores y trabajadoras:

• Operación de yacimientos,
• Mantenimiento correctivo,
• Mantenimiento preventivo en aquellos casos en los que sea estrictamente necesario para seguir operando con seguridad,
• Pulling,
• Pruebas de seguridad para pozos (hermeticidad, perfiles, etc.),
• Operaciones para abandono de pozos -únicamente los que poseen comprometida la integridad o se encuentran en zonas próximas a la población-,
• Montaje/desmontaje de aparato individual de bombeo, montaje/desmontaje de puentes de producción, operaciones de desparafinación de pozos (slickline, bacheos químicos, hot oil),
• Operación y mantenimiento,
• Transporte de crudo y agua de producción en camiones,
• Obras/trabajos necesarios por condiciones de seguridad de procesos,
• Servicios de comidas y limpieza para el personal,
• Servicio de enfermería y medicina en sitio,
• Operaciones de limpieza de pozo,
• Perforación/workover/fracturas y completación de pozos y sus servicios relacionados,
• Obras destinadas a la ejecución de ductos para la evacuación de hidrocarburos gaseosos, líquidos y agua de producción (ductos).

Autor: Horacio Beascochea

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