El 3 de mayo, por decreto, el Poder Ejecutivo nacional dispuso, hasta el 31 de diciembre de este año, la aplicación de una de estadística contemplada en el artículo 762 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero), del 2,5% para la importación de bienes de capital.
La medida fue muy criticada por sectores de la producción, entre ellos el hidrocarburífero, y el Ejecutivo Nacional revió su decisión, fijando el lunes 20 de mayo en 0% la tasa aplicable a ciertos bienes de capital y a las destinaciones suspensivas de importación temporaria.
La nueva decisión permitirá la importación en el sector no convencional, sobre todo de las pymes que suelen comprar herramientas para alquilarlas a las operadoras.
La medida se formalizó a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial. "Establécese, hasta el 31 de diciembre de 2019, en un 0% la alícuota de la tasa de estadística contemplada en el artículo 762 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones", según el texto oficial difundido el lunes.
Desde el Gobierno se admitió que "dadas sus características, resulta necesario fijar temporalmente en un 0% la alícuota de la tasa de estadística aplicable a ciertos bienes de capital y a las destinaciones suspensivas de importación temporaria".
En consecuencia, la tasa del 0% será aplicable a los bienes de capital que se importen para ser utilizados en el marco de inversiones en desarrollos de producción de hidrocarburos provenientes de reservorios no convencionales.
También, esa tasa alcanzará a la importación de soja bajo el régimen de admisión temporaria.
Esta decisión se tomó luego de las críticas de diversos sectores, entre ellos los petroleros vinculados al yacimiento Vaca Muerta y los exportadores de granos.
El decreto fue firmado por Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y los ministros de Producción, Dante Sica, y de Economía, Nicolás Dujovne.