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Energía renovable: formalizan registro de proveedores para la industria

El gobierno nacional formalizó el registro de fabricantes y proveedores para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.

A fines de diciembre de 2017 y mediante la la Disposición 5-E/2017, el Ministerio de la Producción puso en práctica el artículo 8º de la Resolución Conjunta N° 1 de los ministerios de Energía y Producción, que plantea la creación del “Registro de Fabricantes y Proveedores de Componentes destinados a la Producción de Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables”.

Para poder acceder a los beneficios fiscales que establece la Ley 27.191 y las diversas normativas por utilizar insumos elaborados en el país, las empresas deben obligatoriamente completar la información que se solicita en este registro oficial, publicada en el boletín oficial.

“La inscripción en este registro será de carácter obligatorio a los fines de considerar de origen nacional los bienes, partes, piezas, conjuntos y subconjuntos de bienes que provean a los proyectos cuyos titulares cuenten con el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables”, detalla la normativa.

De acuerdo al texto de la disposición, es una condición necesaria brindar la información para su cómputo a los efectos de la percepción del Certificado Fiscal previsto en el artículo 9°, inciso 6) de la Ley N° 26.190, modificado por la Ley N° 27.191, y sus normas complementarias.

Entre otros puntos, el Ministerio de la Producción reclama a los proveedores que indiquen detalladamente bajo qué asociación empresaria están siendo representadas en la actualidad.

“Las empresas inscriptas al REGISTRO que con posterioridad a su inscripción, modifiquen alguno de los datos aportados, inicien la producción de nuevos bienes o dejen de producir alguno/s de los bien/es declarados, deberán informar tal circunstancia dentro de los DIEZ (10) hábiles de ocurrida la misma y realizar las modificaciones correspondientes en su declaración”, plantea el texto.

Técnicamente, se debe presentar en formato papel el formulario suscripto por el representante legal o apoderado de la empresa solicitante, con firma certificada y constituir un domicilio en la ciudad Autónoma de Buenos Aires en donde serán válidas todas las notificaciones.

Autor: Horacio Beascochea

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