Vaca Muerta News https://vacamuertanews.com Vaca Muerta News News Feed Fri, 14 Aug 2020 16:02:01 -0300 1 hourly 1 https://vacamuertanews.com/images/logo.png Vaca Muerta News https://vacamuertanews.com El IAE analizó el Plan Gas 4 y propuso modificaciones https://vacamuertanews.com/actualidad/20200814160201.htm https://vacamuertanews.com/actualidad/20200814160201.htm Fri, 14 Aug 2020 16:02:01 -0300

Para el Instituto, el plan tiene como objetivo mantener los actuales niveles de producción y no atiende a la demanda total del país. Propone, además, que la implementación de un Fondo Fiduciario, sea tratada por el Congreso, en el marco del Presupuesto 2021.

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El Instituto Argentino de la Energía (IAE) General Mosconi, analizó los recientes anuncios del Plan Gas 4 y propuso una serie de modificaciones a la iniciativa oficial.

Mediante un comunicado de prensa, señalaron que El plan Gas 4 no incrementa la producción de gas natural y que tendría como objetivo “mantener los actuales niveles de producción y asegurando el abastecimiento de las distribuidoras y usinas pero no la demanda total del país”.

Para el IAE, “un plan de promoción a la producción de gas natural” debería tener como objetivo explícito alcanzar precios competitivos tanto para el mercado local como con destino a exportación. En función de ello debería ser replanteada la idea de admitir un nuevo sendero creciente del precio del gas natural que no esté relacionada con dicho objetivo”.

“A fin de no repetir errores de diseño, resulta necesario ajustar los incentivos tanto a la oferta como a la demanda, y antes de implementar un Plan de Subastas como el Propuesto despejar incertidumbres en relación con la renegociación del contrato de abastecimiento con Bolivia y la conformación de la oferta de gas natural”, se argumentó.

“Finalmente, la aplicación y el compromiso de fondos públicos a través de la implementación de un Fondo Fiduciario con horizonte a 4 años debería ser debatida en el marco del Presupuesto Nacional 2021, lo que representa un motivo de suficiente magnitud para postergar la subasta prevista para septiembre próximo”, se indicó.

En referencia al mecanismo de subastas en bloque de 4 años, señaló:

El sistema propuesto consistiría en un mecanismo de subastas en bloque por 4 años, diferenciando la demanda base de la del pico estacional de invierno.
Si bien el IAE MOSCONI coincide con el criterio de efectuar subastas en bloque tal cual lo ha manifestado en el Documento de “Propuestas de Política Energética” publicado en julio de este año, es conveniente alertar sobre algunas cuestiones relevantes relacionadas al diseño e implementación de este proyecto:
a. El Proyecto oficial omite formular requerimientos de aumento en la productividad que se reflejen en baja de costos de producción que permitan alinear en un plazo mediato los precios domésticos con los del mercado de referencia (Henry Hub), sino que por el contrario los precios internos aumentarán.
b. El Proyecto establece un esquema de precios máximos a valor presente que surgiría luego de descontar los precios futuros ofertados con tasa anual del 10% anual en dólares. Esto implicaría que el precio del gas natural ofertado podría seguir un sendero de precios crecientes en los próximos años.
c. La tasa de descuento de los precios futuros del 10% anual en dólares, si bien podría reflejar la actual coyuntura, perpetúa innecesariamente un sobre costo que finalmente pagarán los usuarios vía precios o vía subsidios.

Por otra parte, el IAE considera que el Plan tiene fiscales indeterminados y posiblemente crecientes.

a. El IAE Mosconi considera que la producción de gas natural no debería ser objeto de Subsidios a la Oferta. Cuando esto último -por circunstancias extraordinarias- no pueda ser alcanzado, la determinación de los Subsidios a la Oferta debe surgir de una evaluación de los costos de producción promedio por cuenca y por otro lado ser aprobados en el Presupuesto Nacional del año correspondiente. Estas condiciones no se cumplen en la actualidad.
El desacople del precio que recibirá la oferta respecto al que pagará la demanda será financiado con fondos públicos cuyo alcance estará definido por “la política de subsidios del Estado Nacional”. A esto se suma el anuncio de la creación de un Fondo Fiduciario cuyo objetivo sería garantizar el pago de Subsidios a la Oferta y del que no se informa el origen de los fondos. Todo lo anterior configura un escenario de mayor discrecionalidad en discrepancia con las premisas del marco regulatorio en relación con la transferencia del precio del gas a tarifa y al mismo tiempo asumir compromisos fiscales indefinidos para un horizonte de 4 años.
b. La realidad indica que los precios del gas natural crecientes en moneda extranjera en el marco del Plan Gas 4 que no puedan ser afrontados por los usuarios deberán ser cubiertos con subsidios que en este momento no figuran en ningún presupuesto.
c. En los próximos años se pueden comprometer recursos fiscales no disponibles. En ausencia de Presupuesto 2020/2021, y sin conocer los términos de la negociación con el FMI, se genera una fuerte incertidumbre que podría hacer fracasar el plan en forma similar a lo sucedido en planes anteriores.
d. Existen fuertes interrogantes en torno al costo fiscal de esta medida, en particular en un entorno de congelamiento tarifario y alta inflación que generan un aumento en la cuenta de subsidios que financia la brecha entre costos y tarifas y que no para de crecer. La aplicación de fondos públicos a subsidios por 4 años debería ser discutido en el Presupuesto Nacional 2021. Esto representa un motivo de primera magnitud para postergar la subasta prevista para septiembre próximo.

4. La experiencia internacional demuestra que los sistemas de subastas en mercados no competitivos mejoran con el tiempo de aprendizaje.
La experiencia internacional indica que el diseño de la subasta óptima implica un natural proceso de “aprender haciendo” en el que se ajustan los mecanismos de incentivos tanto de la oferta como la demanda. Realizar una subasta con un horizonte de cuatro años, si bien podría aprovechar una contingencia actual de precios bajos podría implicar la perpetuación de errores de diseño difícilmente corregibles luego de la firma de contratos.

5. Las distribuidoras no tendrán incentivos a reducir los precios en beneficio de los consumidores.
Por el lado de los incentivos a la demanda, la subasta así planteada implicaría que las Distribuidoras, que consumirán gran parte del gas subastado permanecerán “neutrales” es decir no tendrán incentivos a comprar gas natural barato. Siendo ello así, la incertidumbre sobre el traslado a tarifas de altos precios del gas en boca de pozo en moneda local es altamente incierto Por el lado de la oferta no estaría resuelta la composición de la oferta de gas natural para los próximos años ya que está pendiente para fines del 2020 la instancia de renegociación del contrato de abastecimiento con Bolivia.

6. Las formas de anunciar las medidas que trascienden la duración del gobierno requieren mecanismos más abiertos para lograr mejores acuerdos. Parece incomprensible que el gobierno comunique una medida tan importante no solo para el sector energético, sino para la competitividad de toda la industria nacional, a través de trascendidos periodísticos y no por canales oficiales. Esto pone de manifiesto la necesidad de implementar un sistema de consulta institucional, publica y amplia no sólo entre las principales partes involucradas, sino que incluya universidades, centros de estudios y expertos del sector.

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Desesperante situación del transporte de pasajeros en Neuquén https://vacamuertanews.com/actualidad/20200814150801.htm https://vacamuertanews.com/actualidad/20200814150801.htm Fri, 14 Aug 2020 15:08:01 -0300

Sin un horizonte de reactivación las firmas de transporte público se encuentran con graves problemas de cumplimiento en pagos de sueldos y compromisos regulares. Buscan apoyo del gobierno nacional y provincial con nuevos créditos y aportes.

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Las empresas provinciales de transporte de pasajeros atraviesan una crítica situación desde el 20 de marzo, cuando se inició el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) como medida sanitaria para contrarrestar los efectos de la pandemia del coronavirus, interrumpiendo la circulación en todo el país y reduciéndola a servicios esenciales.

Transportes Rincón, que presta servicios desde Neuquén capital hacia Añelo, corazón de Vaca Muerta y localidades petroleras como Rincón de los Sauces, llegando incluso al norte neuquino y Mendoza, no es la excepción y atraviesa un difícil momento económico.

“La verdad es que estamos muy preocupados y esperando el momento en que se puedan comenzar con los servicios”, dijo a Vaca Muerta News, el gerente de la empresa, Alejandro Álvarez.

Consultado sobre cómo han sobrellevado esta situación desde el mes de marzo, Álvarez contó que ha sido con asistencia económica provincial y nacional. “Las empresas de transporte provinciales tenemos un subsidio nacional, que ahora no recibimos desde el mes de junio, pero no cobramos ATP. Además, el gobierno provincial también hace un pequeño aporte, pero estamos lejos de cubrir los costos básicos mínimos, de cuando uno está parado”.

“En ese sentido, seguimos pagando tasas, impuestos, seguros, alquileres de propiedades donde están los puntos de venta, que no podemos dar de baja y estamos haciendo malabares para no caernos”, agregó.

Álvarez explicó que prestan el servicio de cargas generales a distintos puntos provinciales y del sur de Mendoza. “Hemos implementado un servicio de cargas una vez por semana. Lo estamos haciendo para sentirnos vivos y que estamos haciendo algo, a la espera del momento en que nos sentemos con las autoridades, a programar los protocolos que ya hemos presentado, lo mismo que la modalidad y los criterios para prestar nuestro servicio”.

Para graficar la situación actual, el gerente de Transportes Rincón recordó que hasta fines de marzo (fecha en que se inició el ASPO), la empresa prestaba diez servicios diarios ida y vuelta hasta Añelo y Rincón de los Sauces. “Nosotros tenemos la base principal en Neuquén y contamos con otra en Rincón, agencieros quienes venden tanto cargas como boletos, inspectores y un sinfín de empleados de la empresa”.

“Además, seguimos pagando los seguros, ya que no podemos dejar de hacerlo, pero estamos en una lucha desigual, porque nos faltan muchos recursos para poder sostener a la empresa”, reconoció.

Ante la pregunta sobre la actual situación de la empresa, Álvarez afirmó que lograron asistencia económica del Banco Provincia de Neuquén. “Conseguimos un crédito importante que ya consumimos y estamos negociando de posponer el pago. La realidad es que ya entrarían las cuotas de los créditos y estamos parados. Está toda la intención de postergar o darnos otro crédito para pagar el anterior, con más plazo de gracia, hasta que se empiece a normalizar la situación económica y financiera de la empresa. Por lo que hablamos, nos dieron las esperanzas para hacer esto”

“Lo peor de esta situación es la incertidumbre, el no saber, no tener una fecha y esto afecta al personal, que nos está dando una mano y cobra como puede, en dos o tres veces. Ellos mismos tampoco saben qué va a pasar y no sabemos qué será de la empresa a futuro”, afirmó Álvarez.

El titular de Transportes Rincón reconoció que el transporte público de pasajeros es un foco de contagio de COVID-19, pero aclaró que hay protocolos para resolver el tema. “Es lo que nosotros pretendemos. Estos protocolos tienen que ver con la sanidad interna y el distanciamiento social que nos permitiría ocupar el 60% de las unidades”.

Álvarez manifestó que está en contactos con otros empresarios del rubro del transporte y dijo que la situación es desesperante. “La realidad es que no sabemos qué será de las empresas. Estamos atados de pies y manos y vemos el futuro muy incierto y muy duro. El personal nos banca, cobrando un sueldo bajo, un porcentaje del básico y también está en una situación compleja”, afirmó.

Por otra parte, consultado sobre el nivel de actividad en cuanto a contratos de transporte para empresas petroleras, Álvarez definió a la situación como “no mala” y agregó: “es por eso que estamos vivos hasta ahora. Contamos con el 60% de lo que teníamos. Los servicios petroleros son los que están más parados, pero los de obra, más activos y es lo que nos está sosteniendo”, indicó y aclaró que la forma de cobrar estos servicios se dilata en el tiempo, ya que las empresas estiraron los pagos de manera significativa.

Para cerrar, Álvarez pidió certezas y respaldos para sostener las empresas más afectadas por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. “Las empresas de servicios públicos somos empresas de grandes envergaduras, armadas para servir al público y sujetas a derechos y obligaciones, pero el Estado tiene que apoyarnos”, cerró.

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La Moratoria Fiscal es ley: cuáles son sus principales puntos https://vacamuertanews.com/actualidad/20200814095201.htm https://vacamuertanews.com/actualidad/20200814095201.htm Fri, 14 Aug 2020 09:52:01 -0300

La iniciativa agrega que el primer pago de la moratoria vencerá el 16 de noviembre; mientras que las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas y las obligaciones tributarias en 96 o 120 cuotas.

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El jueves 13 de agosto la Cámara de Senadores de la Nación convirtió en Ley el proyecto de moratoria fiscal que plantea que podrán pagarse en planes de cuotas las deudas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas al 31 de julio y prevé premios para los contribuyentes cumplidores. Además, se establece el plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse.

La iniciativa agrega que el primer pago de la moratoria vencerá el 16 de noviembre; mientras que las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas y las obligaciones tributarias en 96 o 120 cuotas.

La tasa de interés del plan de pago en cuotas será del 2% mensual hasta enero de 2021 y luego se aplicará la una tasa variable.

Las empresas grandes en los próximos 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas, señaló Télam.

En tanto, no podrán acceder quienes tengan activos financieros en el exterior y no repatrien por lo menos el 30% dentro de los 60 días.

Los principales puntos del proyecto son los siguientes:

- Se incluirán las deudas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio.

- Se establece el plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse en la moratoria.

- El primer pago de la moratoria vencerá el 16 de noviembre.

- Las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas.

- Las obligaciones tributarias se podrán abonar en 96 o 120 cuotas.

- La tasa de interés del plan de pago en cuotas será del 2% mensual hasta enero de 2021 y luego se aplicará la una tasa variable.

- Se eliminó el artículo 14 que habilitaba al Poder Ejecutivo a prorrogar la moratoria.

- Las empresas grandes en los próximos 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

- Se establece un premio a los cumplidores y, en el caso del monotributo, una condonación del componente impositivo de 6 cuotas para las categorías A y B.

- En caso de las categorías C y D será de 5 cuotas mensuales y consecutivas.

- En las Categorías E y F será de 4 cuotas mensuales, en las Categorías G Y será de 3 cuotas mensuales, y en las I, J, K será 2 cuotas mensuales.

- En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los 17.500 pesos.

- Habrá un descuento del 15% para quiénes paguen al contado.

- No podrán acceder quiénes tengan activos financieros en el exterior y no repatríen por lo menos el 30% dentro de los 60 días.

- La caducidad de la moratoria será por falta de pago de 3 cuotas para grandes empresas y de 6 cuotas para MiPyMES.

- Se invita a las Obras Sociales, ART, Provincias y Municipios a sancionar regímenes similares y se eliminó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda disponer una prórroga de esta moratoria.

- Las organizaciones comunitarias fueron incluidas como beneficiarias de la moratoria.

- El acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal respecto de los autores o las autoras.

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El Gobierno nacional promulgó la Ley de Teletrabajo https://vacamuertanews.com/actualidad/20200814090901.htm https://vacamuertanews.com/actualidad/20200814090901.htm Fri, 14 Aug 2020 09:09:01 -0300

La ley N° 27.555 fue promulgada con su publicación en el Boletín Oficial bajo el decreto 673/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

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El gobierno nacional promulgó el viernes 14 de agosto la Ley de Teletrabajo aprobada en el Congreso el 30 de julio último, en la que se establecen los presupuestos legales mínimos para la regulación de esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.

La ley N° 27.555 fue promulgada con su publicación en el Boletín Oficial bajo el decreto 673/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

La modalidad de teletrabajo se incorpora así al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación será la autoridad de aplicación de la ley y deberá dictar la reglamentación respectiva dentro de los próximos noventa días.

En tanto, la ley entrará en vigor luego de noventa días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el coronavirus.

Según se establece, habrá contrato de teletrabajo "cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios, sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación".

Los presupuestos legales mínimos del contrato de teletrabajo se establecerán por ley especial y las regulaciones específicas para cada actividad se establecerán mediante la negociación colectiva.

Las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad "gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían bajo la modalidad presencial", según indica la norma.

Asimismo, "los convenios colectivos deben, acorde a la realidad de cada actividad, prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo".

La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos, publicó Télam.

Las plataformas y/o software utilizados por el empleador deberán desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral establecida, impidiendo la conexión fuera de la misma.

En tanto, la persona que trabaja bajo esta modalidad tendrá derecho a no ser contactada fuera de su jornada laboral y no podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho.

Además, el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral.

Por otra parte, las personas que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de trece (13) años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada. Cualquier represalia u obstaculización del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatorio resultando aplicables las previsiones de la ley 23.592, establece la ley.

Mediante la negociación colectiva podrán establecerse pautas específicas para el ejercicio de este derecho vinculadas a la voluntariedad (el traslado de quien trabaja en teletrabajo debe ser voluntario y prestado por escrito), y la reversibilidad (el consentimiento prestado por la persona que trabaja en teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación).

Respecto de los elementos de trabajo, el empleador debe proporcionar el equipamiento y asumir los costos de instalación y la persona que trabaja será responsable por su correcto uso.

Además tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar.

Por otra parte, el empleador deberá garantizar la correcta capacitación en nuevas tecnologías y eso no implicará una mayor carga de trabajo.

Las personas que se desempeñen bajo la modalidad de teletrabajo, gozarán de todos los derechos colectivos y la representación sindical será ejercida por la asociación sindical de la actividad donde presta servicios.

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