Vaca Muerta News https://vacamuertanews.com Vaca Muerta News News Feed Tue, 10 Nov 2015 21:30:01 -0300 1 hourly 1 https://vacamuertanews.com/images/logo.png Vaca Muerta News https://vacamuertanews.com Denuncian graves irregularidades en sueldos de empleados de la firma OPS https://vacamuertanews.com/actualidad/20151110213001.htm https://vacamuertanews.com/actualidad/20151110213001.htm Tue, 10 Nov 2015 21:30:01 -0300

Cientos de familias preocupadas en la comunidad de Añelo, debido al maltrato sistemático y abuso laboral de trabajadores de esta firma, cobrando haberes que distan de lo reglado en el mercado petrolero en ocasiones de hasta un 30%.

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Desde hace muchos meses se viene viviendo una situación irregular en la compañía OPS S.A.C.I., la cual habría absorbido personal de la compañía OIL, dejando de lado los convenios que regulan la industria petrolera pagando “a su antojo” lo que quieren.

Ubicada en el Parque Industrial de Añelo este, sobre la meseta, los reclamos se han mostrado en más de una ocasión por medio de quema de neumáticos, intentos de corte de ruta, con una presión sistemática y amenazas permanentes con despedir a los empleados.

El mayor problema es que más de un centenar de las personas afectadas pertenecen a la comunidad de Añelo y a pesar que los empleados evitan hablar, varios de los familiares de los trabajadores se acercaron a Vaca Muerta News y dieron a conocer la lamentable situación que están viviendo.

Con el recibo en mano se pudo apreciar que un maquinista que trabaja durante 30 días no llega a los 16.000 pesos, a pesar de haber realizado más de 20 horas extras y 50 horas de viajes, estimándose para este cargo, según nos revelaron, unos 35.000 pesos como mínimo.

“Esto que te descontamos es porque cobraste mucho el mes pasado”, respondió un jefe, al ser consultado por un empleado disconforme con lo percibido.

Los recibos firmados por Gustavo A. Cifuentes, director suplente de OPS SACI, muestran los magros sueldos que cobran gran parte de los empleados que rondan los 16.000 pesos.

También denuncian maltrato a las personas con problemas de salud, donde a pesar de contar con certificados médicos, los llaman para que se presenten en la base, en ocasiones cuasi imposibilitados de caminar, bajo supuestas amenazas de que perderan aportes familiares, cumpliendo 8 horas sentados en las oficinas de la compañía, esperando el franco para hacer el reposo aconsejado.

Vaca Muerta News se intentó comunicar con la firma OPS y no consiguió quien diera declaraciones al respecto por “no estar autorizados”.

Lo cierto, que es grande la angustia para una comunidad que intenta sumarse a la industria petrolera, siendo hoy unas cien familias las afectadas, que ven como sus sueños de progreso y crecimiento se ven disminuidos en un sueldo que apenas les alcanza para vivir.

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La Corte ordenó que se hagan públicas las cláusulas del acuerdo firmado por YPF y Chevron https://vacamuertanews.com/actualidad/20151110121601.htm https://vacamuertanews.com/actualidad/20151110121601.htm Tue, 10 Nov 2015 12:16:01 -0300

La Corte Suprema de Justicia ordenó que YPF haga públicas las cláusulas del acuerdo que firmó con Chevron para la explotación de hidrocarburos no convencionales en las áreas Loma de la Lata Norte y Loma Campana, en la provincia de Neuquén.

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El martes 10 de noviembre la Corte Suprema hizo lugar a una acción iniciada por el senador Héctor Rubén Giustiniani y, en consecuencia, ordenó a YPF SA que haga públicas las cláusulas del Acuerdo de Proyecto de Inversión suscripto con Chevron Corporation para la explotación de hidrocarburos no convencionales en las áreas de Lomas de la Lata Norte y Loma Campana de la Provincia del Neuquén (causa “Giustiniani, Rubén Héctor c YPF s/ amparo por mora”).

La acción judicial fue planteada por Giustiniani luego de que YPF SA se negara expresamente a brindarle la información que había solicitado sobre ese proyecto de inversión, en especial la relacionada con la calidad ambiental y las actividades que desarrollarán YPF y Chevron en las áreas mencionadas.
La decisión, firmada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, recuerda que el derecho de buscar y recibir información ha sido consagrado expresamente por la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y que la Corte Interamericana ha dado un amplio contenido al derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, a través de la descripción de sus dimensiones individual y social, según se informó desde el Centro de Información Judicial.

Con cita de los precedentes “ADC” y “CIPPEC”, del 4 de diciembre de 2013 y del 26 de marzo de 2014, el fallo destaca que la libertad de información es un derecho humano fundamental y que abarca el derecho a juntar, trasmitir y publicar noticias y contempla la protección del derecho de acceso a la información bajo el control del Estado, que tiene por objeto asegurar que toda persona pueda conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan.

Con base en estos principios, la sentencia examina la particular situación de YPF SA. En especial, destaca que el Poder Ejecutivo Nacional no sólo dispone del 51% de las acciones de la sociedad, sino que además ejerce un rol preponderante en su gobierno y cuenta con el poder para determinar sus decisiones. Este poder se ve manifestado, entre otros aspectos, en el hecho de que la Presidenta de la Nación haya designado al gerente general y de que el Ministro de Economía forme parte del directorio.

Por ello, el Tribunal arribó a la conclusión de que la sociedad se encuentra bajo la órbita del Poder Ejecutivo Nacional y, por lo tanto, debe permitir a cualquier persona el acceso a información relacionada con sus actividades.

El fallo también destaca que la empresa desempeña importantes y trascendentes actividades en las que se encuentra comprometido el interés público, por lo que no puede admitirse, en el marco de los principios de una sociedad democrática, que se niegue a brindar información que hace a la transparencia y a la publicidad de su gestión.

Por otra parte, la decisión aclara que YPF SA no puede ampararse en normas destinadas a la búsqueda de eficiencia económica y operativa para evadir la obligación de garantizar y respetar el derecho de acceso a la información. Más aún si se considera que este derecho corresponde a cualquier persona para ejercer el control democrático de las gestiones estatales, de forma tal que pueda cuestionar, indagar y considerar si se está dando un adecuado cumplimiento alas funciones públicas.

La Corte agrega que si bien en determinadas y excepcionales situaciones el derecho de acceso a la información puede estar sujeto a ciertas limitaciones, no se demostró que el caso fuese uno de esos supuestos excepcionales. En particular, remarcó que las imprecisas y genéricas afirmaciones que formuló YPF SA en la causa no eran suficientes para tener por probado que la divulgación del contenido del acuerdo pudiese comprometer secretos industriales, técnicos y científicos.

Por todas estas razones, consideró que no existían motivos que justificaran la decisión de YPF SA de rechazar el pedido de información efectuado por Giustiniani.

Finalmente, el Tribunal aclaró que por ser YPF SA la obligada por la normativa a garantizar el acceso a la información, no correspondía dar intervención en el juicio a Chevron Corporation.
La ministra Elena Highton de Nolasco emitió un voto en disidencia en el que se remitió al dictamen de la Procuración General y declaró la nulidad de las actuaciones por considerar que correspondía dar intervención a Chevron Corporation en la presente causa.

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